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Retiro AFP 2025: cómo solicitar el retiro de 4 UIT, cronograma y links oficiales

El retiro de hasta 4 UIT de la Ley 32445 cerró el 19 de enero de 2026. Conoce cómo fue el proceso y qué se sabe hoy de un nuevo retiro de AFP.

Cynthia Idrogo Contadora

Actualizado 3 min de lectura

retiro

Actualización (septiembre de 2026): el plazo para solicitar el retiro de hasta 4 UIT de la Ley 32445 terminó el 18 de enero de 2026. A la fecha no hay un nuevo retiro de AFP aprobado. Este artículo explica cómo funcionó el retiro de 2025.

1. Base legal

Ley N.º 32445 autoriza el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) hasta por 4 UIT.
Ley 32445 (Diario Oficial El Peruano)

Resolución SBS N.º 03444-2025 aprueba el procedimiento operativo para dicho retiro.
Ver Resolución SBS 03444-2025

2.  ¿Quiénes pueden retirar?

Todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), sin excepción, pueden solicitar el retiro facultativo conforme a la Ley 32445.

Puedes verificar tu AFP en: Consulta tu Constancia de afiliación en AFP 

3. Monto máximo y forma de retiro

El retiro máximo es de hasta 4 UIT: S/ 21,400 con la UIT de 2025 y S/ 22,000 si la solicitud se hizo en enero de 2026.
Se entrega hasta en 4 desembolsos de hasta 1 UIT, con un plazo máximo de 30 días entre uno y otro.

4. Cronograma oficial

Las solicitudes inician el 21 de octubre de 2025.
El plazo total para presentar la solicitud será de 90 días calendario.

Cada AFP publicó su cronograma según el último dígito del DNI.

Así fue el cronograma para registrar la solicitud según el último dígito del DNI (bastaba una de las tres fechas):

Último dígito del DNIOpción 1Opción 2Opción 3
Letra21 oct—19 nov
022 oct23 oct20 nov
124 oct27 oct21 nov
228 oct29 oct24 nov
330 oct31 oct25 nov
43 nov4 nov26 nov
55 nov6 nov27 nov
67 nov10 nov28 nov
711 nov12 nov1 dic
813 nov14 nov2 dic
917 nov18 nov3 dic

Desde el 4 de diciembre de 2025 hasta el 18 de enero de 2026 la presentación fue libre, sin importar el dígito. El último dígito es el último de los 8 números del DNI, no el que va después del guion.

5. Procedimiento paso a paso

  1. Verifica en qué AFP estás afiliado: AFP –  SBS.

  2. Ingresa al portal oficial de tu AFP:

  3. Registra tu solicitud digital (desde el 21 de octubre).

  4. Indica el monto a retirar (hasta 4 UIT).

  5. Espera los desembolsos según el cronograma.

6. Consideraciones legales y tributarias

  • El retiro es voluntario.

  • Los fondos son intangibles, no pueden embargarse ni descontarse (excepto hasta 30 % por pensión alimentaria).

7. Monto y fechas de pago

Cuota Monto máximo Plazo máximo
1. UIT S/ 5,350 (S/ 5,500 en enero de 2026) Hasta 30 días después de la solicitud
2. UIT S/ 5,350 (S/ 5,500 en enero de 2026) Hasta 30 días después del 1.er pago
3. UIT S/ 5,350 (S/ 5,500 en enero de 2026) Hasta 30 días después del 2.º pago
4. UIT S/ 5,350 (S/ 5,500 en enero de 2026) Hasta 30 días después del 3.er pago

8. Conclusión

La Ley 32445 y la Resolución SBS 03444-2025 permitieron a los afiliados retirar hasta 4 UIT (S/ 21,400 en 2025 y S/ 22,000 en enero de 2026) de forma digital y segura.
Desde GCFCONTADORES S.A.C., te recomendamos analizar tu situación financiera antes de decidir el retiro.

Preguntas frecuentes

¿Todavía puedo pedir el retiro de hasta 4 UIT de la AFP?

No. El plazo para solicitar el retiro de la Ley 32445 terminó el 18 de enero de 2026. A la fecha no hay un nuevo retiro aprobado.

¿Cuánto se podía retirar y cómo se pagaba?

Hasta 4 UIT: S/ 21,400 si la solicitud se hizo en 2025 y S/ 22,000 si se hizo en enero de 2026, porque se usaba la UIT del día de la solicitud. Se pagaba hasta en cuatro desembolsos de hasta 1 UIT, con un plazo máximo de 30 días entre uno y otro.

¿Se podía embargar el dinero retirado?

No. Los fondos de la AFP son intangibles: no se podían embargar ni descontar, salvo hasta el 30% por pensión de alimentos.

¿Cómo sé en qué AFP estoy afiliado?

En la consulta de afiliación de la SBS, donde aparece tu AFP y tu situación en el Sistema Privado de Pensiones.

Fuentes consultadas

Escrito por

Cynthia Idrogo

Contadora Pública Colegiada, con más de 11 años de experiencia en contabilidad

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