Multas de SUNAFIL 2026 para MYPE: cuánto son y cómo evitarlas
Multas SUNAFIL 2026 en soles: tabla para MYPE por gravedad y trabajadores, descuentos por subsanar y qué pasa si no pagas. Revisa cuánto arriesgas.
Cynthia Idrogo
Contadora
13 min de lectura
En este artículo · 10 secciones
- Multa de SUNAFIL vs. multa de SUNAT
- Cómo se calcula una multa de SUNAFIL
- Tabla de multas SUNAFIL 2026
- Infracciones comunes en una MYPE
- Ejemplo en una pequeña empresa
- Cómo reducir una multa
- La Ley 32353 y las multas
- Qué pasa si no pagas una multa de SUNAFIL
- Errores comunes que terminan en multa
- Cómo evitar multas de SUNAFIL
Las multas de SUNAFIL en 2026 van desde S/ 247.50 hasta S/ 288,915 por infracción. El monto depende de qué tan grave es la falta, de cuántos trabajadores afecta y del tamaño de tu empresa. Para una MYPE, una boleta entregada tarde, una CTS sin depositar o un trabajador fuera de planilla pueden convertirse en multas de miles de soles, y si no se pagan, terminan en cobranza coactiva.
En esta guía tienes la tabla de multas SUNAFIL vigente en UIT y en soles con la UIT de 2026, cómo se calcula una multa, las infracciones que más se ven en las MYPE, los descuentos por subsanar a tiempo, qué pasa si no pagas y cómo evitarlas con una revisión preventiva.
Qué es una multa de SUNAFIL y en qué se diferencia de una multa de SUNAT
SUNAFIL es la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral. Vigila que cumplas las normas laborales, de seguridad y salud en el trabajo y de seguridad social. Si en una inspección encuentra un incumplimiento y no lo corriges, el inspector extiende un acta de infracción y se abre un procedimiento sancionador que termina en una multa administrativa.
No es una multa tributaria. Las sanciones por impuestos, declaraciones y comprobantes las pone SUNAT; si quieres ver ese otro frente, revisa los tipos y montos de las multas de SUNAT para empresas. Una MYPE puede tener problemas con las dos a la vez, porque la ley obliga a SUNAT a facilitar a la Inspección del Trabajo la información que necesita para sus funciones.
La retención de quinta que haces a tus trabajadores la revisa SUNAT, no SUNAFIL.
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Cómo se calcula una multa de SUNAFIL
La Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, gradúa la multa con tres criterios: la gravedad de la falta, el número de trabajadores afectados y el tipo de empresa. El resultado se expresa en UIT (Unidad Impositiva Tributaria), un valor de referencia que se fija cada año. En 2026 la UIT es S/ 5,500, según el Decreto Supremo N.° 301-2025-EF.
1. La gravedad: leve, grave o muy grave
Leve: incumplimientos meramente formales, como no entregar a tiempo la boleta de pago.
Grave: actos u omisiones contra los derechos de los trabajadores o que van más allá de lo formal, como no depositar la CTS.
Muy grave: deberes de especial trascendencia o derechos de trabajadores especialmente protegidos, como no registrar a un trabajador en planilla o no proteger a una trabajadora embarazada.
Cada conducta ya está tipificada en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 019-2006-TR. Si una conducta no figura en ese reglamento, no se le puede poner multa.
2. El tamaño de tu empresa y el REMYPE
Hay tres tablas: microempresa, pequeña empresa y No MYPE, que es la de las medianas y grandes empresas. Las tablas de micro y pequeña empresa ya incluyen la reducción de 50 % que la ley da a las MYPE.
Para que te apliquen esas tablas tienes que presentar la constancia de inscripción en el REMYPE (Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa) hasta antes de la resolución de segunda instancia. Sin esa constancia no accedes a las tablas MYPE y la multa se calcula con la tabla No MYPE.
Si estás en el REMYPE, además tienes un tope: las multas de un mismo procedimiento sancionador no pueden pasar del 1 % de tus ingresos netos del año anterior al de la orden de inspección. Ese dato lo tienes que sustentar tú, ante el inspector o dentro del procedimiento.
3. Cuántos trabajadores afecta la infracción
La multa sube por tramos según los trabajadores afectados. Si no depositaste la CTS de 8 personas, la infracción afecta a 8 y se ubica en esa fila de la tabla.
En algunos casos la norma cuenta a todos tus trabajadores, aunque la falta haya afectado a uno: discriminación, incumplir la protección de la trabajadora embarazada o en lactancia, accidentes que causan muerte o incapacidad permanente, o impedir que el inspector entre, entre otros. Ahí, aunque seas MYPE, se usa la tabla No MYPE con una sobretasa de 50 %, y si estás en el REMYPE se descuenta 50 % después.
Tabla de multas SUNAFIL 2026 en UIT y en soles
Estos montos salen del artículo 48 del reglamento, en la versión del Decreto Supremo N.° 008-2020-TR, multiplicados por la UIT de 2026. Es la tabla que SUNAFIL sigue aplicando: en junio de 2026 informó multas muy graves de S/ 1,265 a S/ 288,915, que son el primer y el último valor de esa columna.
Microempresa
| Trabajadores afectados | Leve | Grave | Muy grave |
|---|---|---|---|
| 1 | S/ 247.50 (0.045 UIT) | S/ 605 (0.11 UIT) | S/ 1,265 (0.23 UIT) |
| 2 | S/ 275 (0.05 UIT) | S/ 770 (0.14 UIT) | S/ 1,375 (0.25 UIT) |
| 3 | S/ 385 (0.07 UIT) | S/ 880 (0.16 UIT) | S/ 1,595 (0.29 UIT) |
| 4 | S/ 440 (0.08 UIT) | S/ 990 (0.18 UIT) | S/ 1,760 (0.32 UIT) |
| 5 | S/ 495 (0.09 UIT) | S/ 1,100 (0.20 UIT) | S/ 1,980 (0.36 UIT) |
| 6 | S/ 605 (0.11 UIT) | S/ 1,375 (0.25 UIT) | S/ 2,255 (0.41 UIT) |
| 7 | S/ 770 (0.14 UIT) | S/ 1,595 (0.29 UIT) | S/ 2,585 (0.47 UIT) |
| 8 | S/ 880 (0.16 UIT) | S/ 1,870 (0.34 UIT) | S/ 2,970 (0.54 UIT) |
| 9 | S/ 990 (0.18 UIT) | S/ 2,090 (0.38 UIT) | S/ 3,355 (0.61 UIT) |
| 10 y más | S/ 1,265 (0.23 UIT) | S/ 2,475 (0.45 UIT) | S/ 3,740 (0.68 UIT) |
Pequeña empresa
| Trabajadores afectados | Leve | Grave | Muy grave |
|---|---|---|---|
| 1 a 5 | S/ 495 (0.09 UIT) | S/ 2,475 (0.45 UIT) | S/ 4,235 (0.77 UIT) |
| 6 a 10 | S/ 770 (0.14 UIT) | S/ 3,245 (0.59 UIT) | S/ 5,445 (0.99 UIT) |
| 11 a 20 | S/ 990 (0.18 UIT) | S/ 4,235 (0.77 UIT) | S/ 7,040 (1.28 UIT) |
| 21 a 30 | S/ 1,265 (0.23 UIT) | S/ 5,335 (0.97 UIT) | S/ 9,020 (1.64 UIT) |
| 31 a 40 | S/ 1,760 (0.32 UIT) | S/ 6,930 (1.26 UIT) | S/ 11,770 (2.14 UIT) |
| 41 a 50 | S/ 2,475 (0.45 UIT) | S/ 8,910 (1.62 UIT) | S/ 15,125 (2.75 UIT) |
| 51 a 60 | S/ 3,355 (0.61 UIT) | S/ 11,495 (2.09 UIT) | S/ 19,580 (3.56 UIT) |
| 61 a 70 | S/ 4,565 (0.83 UIT) | S/ 13,365 (2.43 UIT) | S/ 23,760 (4.32 UIT) |
| 71 a 99 | S/ 5,555 (1.01 UIT) | S/ 15,455 (2.81 UIT) | S/ 27,225 (4.95 UIT) |
| 100 y más | S/ 12,375 (2.25 UIT) | S/ 24,750 (4.50 UIT) | S/ 42,075 (7.65 UIT) |
No MYPE (mediana y gran empresa)
| Trabajadores afectados | Leve | Grave | Muy grave |
|---|---|---|---|
| 1 a 10 | S/ 1,430 (0.26 UIT) | S/ 8,635 (1.57 UIT) | S/ 14,465 (2.63 UIT) |
| 11 a 25 | S/ 4,895 (0.89 UIT) | S/ 21,560 (3.92 UIT) | S/ 28,875 (5.25 UIT) |
| 26 a 50 | S/ 6,930 (1.26 UIT) | S/ 28,710 (5.22 UIT) | S/ 43,340 (7.88 UIT) |
| 51 a 100 | S/ 12,815 (2.33 UIT) | S/ 35,915 (6.53 UIT) | S/ 63,580 (11.56 UIT) |
| 101 a 200 | S/ 17,050 (3.10 UIT) | S/ 43,065 (7.83 UIT) | S/ 77,990 (14.18 UIT) |
| 201 a 300 | S/ 20,515 (3.73 UIT) | S/ 57,475 (10.45 UIT) | S/ 101,145 (18.39 UIT) |
| 301 a 400 | S/ 29,150 (5.30 UIT) | S/ 71,830 (13.06 UIT) | S/ 130,020 (23.64 UIT) |
| 401 a 500 | S/ 41,855 (7.61 UIT) | S/ 100,540 (18.28 UIT) | S/ 173,360 (31.52 UIT) |
| 501 a 999 | S/ 59,785 (10.87 UIT) | S/ 114,895 (20.89 UIT) | S/ 231,165 (42.03 UIT) |
| 1,000 y más | S/ 85,360 (15.52 UIT) | S/ 143,660 (26.12 UIT) | S/ 288,915 (52.53 UIT) |
Por encima de las tablas, la ley fija topes: 50 UIT para una infracción leve, 100 UIT para una grave y 200 UIT para una muy grave. La suma de todas las infracciones detectadas no puede pasar de 300 UIT.
Infracciones más comunes en una MYPE y cuánto pesan
Planilla, boletas, CTS y gratificación
| Infracción | Gravedad | Numeral |
|---|---|---|
| No entregar a tiempo la boleta de pago o la hoja de liquidación de CTS | Leve | 23.2 |
| No dar de alta, actualizar o dar de baja a tiempo en la planilla electrónica | Grave | 24.2 |
| Boletas con datos distintos a los de la planilla | Grave | 24.3 |
| No pagar completos y a tiempo el sueldo y los beneficios, como la gratificación | Grave | 24.4 |
| No depositar completa y a tiempo la CTS | Grave | 24.5 |
| No pagar la remuneración mínima | Muy grave | 25.1 |
| Incumplir la jornada, las horas extra, las vacaciones, las licencias o los permisos | Muy grave | 25.6 |
| No tener registro de control de asistencia o que no tenga la información mínima | Muy grave | 25.19 |
| No registrar a un trabajador en la planilla | Muy grave | 25.20 |
| No hacer por escrito un contrato que debe serlo o no entregar su copia al trabajador | Muy grave | 25.21 |
| No inscribir al trabajador en EsSalud o en un sistema de pensiones | Muy grave | 44-B.1 |
| No pagar a la AFP los aportes que ya retuviste | Muy grave | 44-B.2 |
Ojo con las licencias: negar o recortar una licencia que da la ley, como la licencia de paternidad y sus requisitos, entra en el numeral 25.6, que es muy grave.
Con la CTS se ven dos errores: no depositarla completa y a tiempo, o depositarla en un banco distinto al que eligió el trabajador. Ambos son graves. Si tienes dudas con montos y fechas, revisa cómo calcular y depositar la CTS de tu empresa. Y si tu microempresa está acreditada en el REMYPE, SUNAFIL recuerda que sus trabajadores están excluidos de la CTS; aquí te explicamos qué beneficios da el régimen laboral MYPE.
Multas de SUNAFIL en seguridad y salud en el trabajo
La seguridad y salud en el trabajo (SST) se exige en todos los centros de trabajo, también en oficinas, tiendas y talleres. Estas son las faltas más frecuentes:
Falta de orden y limpieza que no implica riesgo: leve (26.1).
No evaluar los riesgos ni hacer controles periódicos de las condiciones de trabajo: grave (27.3).
No llevar al día los registros ni la documentación de SST: grave (27.6).
No capacitar ni informar a los trabajadores sobre los riesgos de su puesto: grave (27.8).
No designar al supervisor ni constituir el comité de SST: grave (27.12).
No implementar el sistema de gestión de SST o no tener el reglamento de SST: muy grave (28.9).
No hacer los exámenes médicos ocupacionales ni la vigilancia de la salud: muy grave (28.13).
Un accidente con lesión que requiere atención o descanso médico, por incumplir normas de SST: muy grave (28.10).
Ejemplo: cuánto pagaría una pequeña empresa en 2026
Una pequeña empresa de Lima tiene 8 trabajadores y está inscrita en el REMYPE. En una inspección de 2026, SUNAFIL encuentra que no depositó la CTS de mayo de los 8 y que no tiene registro de control de asistencia. La empresa no corrige nada dentro del plazo del requerimiento.
CTS no depositada: grave, tramo de 6 a 10 afectados, 0.59 UIT = S/ 3,245.
Sin registro de asistencia: muy grave, mismo tramo, 0.99 UIT = S/ 5,445.
Multa total propuesta: S/ 8,690.
Sus ingresos netos de 2025 fueron S/ 1,200,000. El tope de 1 % sería S/ 12,000, así que no cambia el resultado.
Si la empresa no acredita su inscripción en el REMYPE, se usa la tabla No MYPE: S/ 8,635 por la CTS y S/ 14,465 por el registro de asistencia. La cuenta sube a S/ 23,100, casi el triple.
Además, al no cumplir el requerimiento, comete otra infracción muy grave, esta vez contra la labor inspectiva (numeral 46.7), que se multa aparte.
En cambio, si hubiera depositado la CTS y regularizado el registro dentro del plazo del requerimiento, la inspección terminaba con un informe y sin acta por esos puntos. Y si corrige recién después de que le notifican el acta, todavía puede pedir que la multa quede en 30 %: S/ 2,607 en lugar de S/ 8,690.
Cómo reducir una multa de SUNAFIL si subsanas a tiempo
Subsanar es corregir el incumplimiento: pagar lo que debías, entregar el documento o registrar al trabajador. Mientras antes lo hagas, menos pagas.
| Cuándo subsanas | Qué pasa con la multa | Norma |
|---|---|---|
| Dentro del plazo que te da el inspector en el requerimiento | No se extiende acta por lo subsanado: la fiscalización termina con un informe | Art. 17.3 del reglamento |
| Vencido ese plazo, pero antes de que te notifiquen la imputación de cargos | La autoridad instructora evalúa la subsanación y puede eximirte de la sanción | Arts. 17.3 y 53.2 c) del reglamento |
| Desde que te notifican el acta hasta antes de que venza el plazo para apelar | La multa queda en 30 % de la propuesta | Art. 40 a) de la Ley 28806 |
| Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de lo que resolvieron en tu apelación | La multa queda en 50 % de la impuesta | Art. 40 b) de la Ley 28806 |
| Reconoces tu responsabilidad y te comprometes a subsanar en un plazo máximo de un año | La multa queda en 80 % de la propuesta o impuesta | Art. 49 del reglamento |
La imputación de cargos es el documento con el que empieza formalmente el procedimiento sancionador. Ahí te dicen qué hechos se te atribuyen, qué infracción constituyen y qué sanción podrían imponerte.
Hay dos condiciones. La infracción debe ser subsanable, es decir, sus efectos tienen que poder revertirse; la norma declara insubsanables, por ejemplo, el trabajo infantil y el trabajo forzoso. Y la reducción la resuelve la autoridad de primera instancia, que puede ordenar diligencias para verificar que de verdad corregiste.
¿Cambian las multas para MYPE con la Ley 32353?
La Ley 32353, Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de la micro y pequeña empresa, se publicó el 27 de mayo de 2025 y modifica el artículo 39 de la Ley 28806. Con ella, la reducción para la microempresa sube a 70 % y la de la pequeña empresa se mantiene en 50 %.
También crea las medidas educativas: ante la primera infracción formal de una MYPE, SUNAFIL debe aplicar primero una capacitación u otra medida similar, antes de cualquier multa.
Pero la propia ley dice que entra en vigencia al día siguiente de que se publique su reglamento, y hasta octubre de 2026 ese reglamento no se había publicado. Mientras eso no ocurra, los montos de referencia son los de las tablas de esta guía.
Qué pasa si no pagas una multa de SUNAFIL
Cuando la resolución de multa queda firme, corren intereses moratorios desde el día siguiente, con la misma tasa de interés moratorio (TIM) que aplica SUNAT. SUNAFIL inicia la cobranza no coactiva y, cada mes, reporta a una central de riesgo a las empresas privadas con multas impagas.
Si sigues sin pagar, el expediente pasa a ejecución coactiva. Ahí se pueden dictar embargos, por ejemplo, la retención de fondos en tus cuentas bancarias. Presentar una demanda judicial no detiene por sí sola la cobranza coactiva: solo la suspende una resolución judicial que lo ordene.
Errores comunes que terminan en multa
Tener trabajadores «a prueba» sin registrarlos en la planilla electrónica: no registrarlos es muy grave, por cada trabajador.
Entregar boletas sin poder demostrar que las entregaste a tiempo.
Usar contratos a plazo fijo para puestos permanentes: el uso fraudulento o la desnaturalización de los contratos temporales es muy grave.
No registrar las horas extra ni pagarlas en la boleta.
Creer que la SST es solo para empresas grandes y no tener registros, capacitaciones ni exámenes médicos.
No presentar la constancia del REMYPE a tiempo y terminar con la tabla No MYPE.
No revisar la casilla electrónica de SUNAFIL y enterarte del requerimiento cuando ya venció el plazo.
Cómo evitar multas de SUNAFIL con una revisión preventiva
La mejor reducción es no tener nada que reducir. Haz esta revisión al menos dos veces al año, idealmente antes de las fechas de CTS y gratificación:
Cruza la planilla electrónica con las personas que de verdad trabajan contigo, incluidas las altas y bajas recientes.
Revisa que cada boleta coincida con la planilla y que puedas probar su entrega.
Verifica que los contratos que deben ser escritos lo estén y que cada trabajador tenga su copia.
Controla la asistencia, las horas extra, las vacaciones y las licencias.
Guarda las constancias de depósito de CTS y de pago de gratificaciones y aportes.
Ordena tus documentos de SST: evaluación de riesgos, registros, capacitaciones y exámenes médicos.
Ten a la mano la constancia del REMYPE y el sustento de tus ingresos netos del año anterior.
Si ya te llegó una orden, revisa qué revisa SUNAFIL en una inspección y cómo preparar a tu empresa. Ahí explicamos el proceso paso a paso y qué no debes hacer frente al inspector.
En 2026, una multa de SUNAFIL para una MYPE puede ir de unos cientos a varios miles de soles por infracción, y se multiplica si no estás en el REMYPE o si dejas pasar los plazos. Lo que más reduce el riesgo es corregir antes del acta: revisa hoy tu planilla, tus pagos y tu SST, y responde cada requerimiento dentro del plazo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene SUNAFIL para multarme por una infracción antigua?
La facultad de SUNAFIL para determinar infracciones laborales prescribe a los cuatro años, según el artículo 51 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. Además, el inicio de las actuaciones de inspección interrumpe ese plazo. Por eso conviene revisar y corregir también los incumplimientos de años anteriores, como una CTS o una gratificación impaga, y no solo los del año en curso.
¿Puedo pagar una multa de SUNAFIL en cuotas?
Sí. Puedes pedir fraccionamiento si la multa está en cobranza no coactiva y la deuda es de al menos 30 % de la UIT, es decir, S/ 1,650 en 2026. Se otorga hasta en 24 cuotas si la deuda llega a 10 UIT, hasta 36 si las supera y hasta 48 si pasa de 20 UIT. Si la deuda es menor, puedes firmar un compromiso de pago de hasta tres cuotas.
Si apelo la multa de SUNAFIL, ¿pierdo la reducción?
No necesariamente. Si corriges el incumplimiento antes de que venza el plazo para apelar, la multa queda en 30 %. Si ya apelaste y te resuelven en contra, todavía puedes acreditar la subsanación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación y la multa queda en 50 %, según el artículo 40 de la Ley 28806. En ambos casos, la infracción tiene que ser subsanable.
¿Una multa de SUNAFIL impaga aparece en una central de riesgo?
Sí. La directiva de cobranza de SUNAFIL dispone reportar cada mes a una central de riesgo a los obligados del sector privado con multas impagas, tanto en cobranza no coactiva como coactiva. El reporte se levanta a tu pedido cuando pagas el total, te aprueban un fraccionamiento o la multa se declara nula. Tenlo en cuenta si vas a pedir un préstamo para tu negocio.
¿SUNAFIL puede multar a una persona natural con negocio y RUC 10?
Sí. La Ley 28806 considera responsables de las infracciones a las personas naturales o jurídicas que incumplen las normas laborales, y en particular al empleador en la relación laboral. Si contratas trabajadores con tu RUC 10, eres su empleador y SUNAFIL puede inspeccionarte y multarte igual que a una empresa, con la tabla que corresponda al tamaño de tu negocio.
¿Qué pasa si SUNAFIL encuentra varias infracciones en la misma inspección?
Cada infracción se calcula con la tabla y luego se suman, con un máximo legal de 300 UIT por el total de infracciones detectadas. Si una misma acción u omisión encaja en varias infracciones, se aplica solo la sanción de la más grave. Y si estás en el REMYPE, todo el procedimiento tiene el tope de 1 % de tus ingresos netos del año anterior.
Fuentes consultadas
- Decreto Supremo N.° 008-2020-TR, que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (El Peruano, 10/02/2020)
- Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, Decreto Supremo N.° 019-2006-TR (texto actualizado, gob.pe)
- Ley N.° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo (texto actualizado, gob.pe)
- Decreto Supremo N.° 301-2025-EF, valor de la UIT para 2026 (El Peruano)
- Directiva N.° 002-2021-SUNAFIL/OAD-UCEC, cobranza de multas, versión 02 (Resolución de Gerencia General N.° 207-2023-SUNAFIL-GG)
- Ley N.° 32353, Ley para la formalización, desarrollo y competitividad de la micro y pequeña empresa (El Peruano, 27/05/2025)
Escrito por
Cynthia Idrogo
Contadora Pública Colegiada, con más de 11 años de experiencia en contabilidad
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